El próximo 1 de enero de 2026 entra en vigor el nuevo reglamento de facturación VeriFactu. Cualquier negocio o persona autónoma que realice facturas a través de un software, deberá contar con un sistema adaptado a la nueva normativa.
Entre las excepciones al cumplimiento del reglamento RD 1007/2023, se encuentran aquellas empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información). En este punto, tal vez te plantees: “¿Qué sistema es mejor para mi hotel?”.
En este artículo se presentan las diferencias entre ambos sistemas y las ventajas y desventajas de cada uno.
¿Quién tiene la obligación de usar VeriFactu y quién tiene la obligación de usar SII?
Tanto VeriFactu como SII son sistemas relacionados con la gestión y el control de la facturación electrónica en España, pero cada modalidad tiene su propio funcionamiento. Se trata de sistemas totalmente independientes y su obligatoriedad para las empresas tampoco es la misma.
SII, de obligado cumplimiento para grandes empresas
El Suministro Inmediato de Información es un sistema en el que, las empresas acogidas a él, envían de forma casi inmediata los datos de sus facturas (tanto emitidas como recibidas) para configurar los libros de IVA desde la sede electrónica de Hacienda. Por esa razón, estos contribuyentes están excluidos de los requisitos VeriFactu, puesto que el envío de la facturación y la inmediatez quedan solventados
Es de uso obligatorio para determinadas empresas (generalmente, grandes contribuyentes) desde junio de 2017. ¿Quién está obligado a acogerse a los sistemas de Suministro Inmediato de Información?:
- Empresas con una facturación mayor a 6 millones de euros anuales.
- Régimen especial del grupo de entidades del IVA
- Inscritos en REDEME
Aunque ciertas empresas y grupos estén obligados a cumplir la normativa SII, las no obligadas también pueden decidir acogerse a esta modalidad voluntariamente. Para que una empresa pueda adherirse al SII, deberá contar con la tecnología para poder realizar el envío electrónico a la AEAT y deberá mantenerse con este sistema al menos hasta el fin del año natural. El alta y la baja en SII se hace a través del modelo censal (036/037).
VeriFactu, obligatorio en el uso de cualquier software de facturación
Por su parte, VeriFactu es de obligado cumplimiento para cualquier empresa (no acogida a SII) o persona autónoma que utilice un software para realizar su facturación.
El cumplimiento de la normativa debe darse en el mismo programa de facturación. Es decir, el empresario está obligado a utilizar un software que siga los requisitos VeriFactu, para asegurar la trazabilidad e inalterabilidad en la emisión de facturas. El envío de las facturas a través de este sistema es opcional.
También quedan exentas del uso de VeriFactu las empresas con domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, regidas por las normativas de territorio foral.
Conoce más sobre VeriFactu en nuestro artículo “¿Qué es VeriFactu y cómo afecta al sector hotelero?”.
Diferencias entre VeriFactu y SII
Como se ha comentado, VeriFactu y SII, aunque ambos relacionados con la facturación electrónica, son sistemas distintos y excluyentes entre sí.
Por su parte, VeriFactu obliga al uso de programas de facturación que creen registros inalterables. Se trata de una normativa dentro del marco del antifraude. El envío automático de los registros a Hacienda es opcional por el momento.
En cambio, el Suministro Inmediato de Información (SII) consiste, en términos generales, en el envío casi en tiempo real de los libros de registro del IVA a la AEAT.
Es decir, a parte de sus distintas obligatoriedades, la gran diferencia entre ambos sistemas es que VeriFactu en un sistema de gestión de facturas y el SII recoge la información de las mismas para controles fiscales, pero no las gestiona directamente.
Característica | VeriFactu | SII |
Finalidad | Control antifraude | Control del IVA |
Afectados | Cualquier contribuyente que use software de facturación | > 6.000.000€ anuales (y otros grupos concretos) |
Obligatoriedad | Obligatorio desde 1 enero de 2026 en el uso de software, pero no en el envío a la AEAT | Obligatorio desde junio de 2017 |
Envío información | Facturas emitidas | Libros de IVA (facturas emitidas y facturas recibidas) |
Frecuencia de envío | Casi inmediato (opcional) | Máximo 4 días hábiles (obligatorio) |
Tecnología necesaria | Software que cumpla los requisitos del reglamento | Web Services XML |
Código QR y hash | Sí | No |
Sustitución modelos 347/390/340 | No | Sí |
Ventajas VeriFactu
Aunque el uso de un software que cumpla los requisitos VeriFactu será obligatorio, lo que determinará a una empresa como “VERI*FACTU” o “NO VERI*FACTU” será el envío automático de la facturación a Hacienda. Si se opta por el envío automático a Hacienda, las ventajas de ser VERI*FACTU son múltiples:
- Mayor seguridad jurídica y mayor transparencia
- Reducción de riesgo de errores y omisiones
- Menor riesgo de inspecciones y sanciones
- Ventajas operativas
- Sin requerimientos de firma electrónica de cada registro ni registro de eventos
- Menos riesgo de manipulación
- Posibilidad de cotejar la factura por parte del receptor mediante el código QR
Si se decide realizar el envío VERI*FACTU en un ejercicio, se debe mantener hasta el fin de ese año natural. Después se puede dejar de usar y pasar a ser de nuevo NO VERI*FACTU o acogerse al SII.
¿Te quedan dudas sobre la nueva normativa VeriFactu? Consulta nuestro post “FAQs sobre VeriFactu para hoteles: 16 preguntas frecuentes”.
Ventajas SII
Por su parte, el Suministro de Información Inmediato cuenta con otra serie de ventajas, más relacionadas con la simplificación de trámites:
- Simplificación y mayor control de procesos y reducción de errores
- Deja de ser necesario presentar los modelos 347, 340 y 390
- Reducción de requerimientos por parte de la AEAT
- Obtención de “Datos fiscales”, que ayudará a simplificar procesos en la declaración
- Ventajas de liquidez
Al acogerse al SII, se debe tener en cuenta que el software de facturación y contabilidad utilizado debe adaptarse al Suministro Inmediato de Información. Además, el alta en el SII se debe mantener durante el año natural completo.
¿VeriFactu o SII para mi hotel?
No hay una respuesta correcta para ello. Según tu flujo de facturación te convendrá más el uso de VeriFactu o de SII. Deberás tener en cuenta los recursos que supone implementar cada uno de los sistemas y el control e inmediatez que cada uno exige. A continuación un resumen de lo que supone cada uno.
El Suministro de Información Inmediato supone:
- Obligación de envío de los datos de todas las facturas emitidas y recibidas.
- Realizar el envío en un plazo máximo de 4 días.
- Llevar los libros de registro de IVA en la sede electrónica de Hacienda.
- Carga administrativa alta.
- Tecnología necesaria para el envío electrónico de la documentación a través de Web Service, en formato XML. El envío se realiza mediante el sistema de facturación.
La nueva normativa VeriFactu supone:
- Contar con un software adaptado a los requisitos VeriFactu (todos los programas de facturación estarán obligados a seguir el nuevo reglamento).
- El envío inmediato a través del sistema es opcional por el momento, pero en caso de no realizarlo la empresa es considerada NO VERI*FACTU, lo que puede suponer mayores controles fiscales.
- Conexión a Internet necesaria si se realiza el envío inmediato.
- Inalterabilidad de las facturas.
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