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Caso de uso: Registrar correctamente los impuestos en facturas de compra
Objetivo
Asegurar que las facturas de compra registradas en el sistema contienen el tipo de impuesto adecuado según la naturaleza de la operación (nacional, intracomunitaria o extracomunitaria), para que los informes fiscales y contables —Libro de IVA, Modelo 303 y Libro Mayor— reflejen datos coherentes.
En España, los impuestos más utilizados en la gestión hotelera y empresarial son:
- IVA 21 % Nacional, aplicado en la mayoría de las compras de bienes y servicios dentro del territorio.
- IVA 10 % (reducido), aplicable en ciertos servicios turísticos y de restauración.
- IVA 4 % (superreducido), en casos muy concretos.
Además, existen impuestos específicos para operaciones con proveedores de la Unión Europea (intracomunitarios) y proveedores de fuera de la UE (extracomunitarios), donde se aplica el régimen de inversión del sujeto pasivo (ISP).
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Descripción general
En función del origen del proveedor y del tipo de operación, debe aplicarse un tipo de IVA distinto:
En qué fijarse al registrar la factura
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Identificar correctamente el origen del proveedor:
- Si es nacional, aplicar el IVA repercutido habitual.
- Si pertenece a la Unión Europea, verificar el NIF-IVA intracomunitario (formato válido VIES).
- Si está fuera de la UE, aplicar el impuesto de sujeto pasivo (21 %) cuando la operación lo requiera.
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Seleccionar el impuesto correspondiente en Astro HMS:
- IVA 21 % Adquisición de servicios intracomunitarios
- IVA 21 % Adquisición intracomunitaria de bienes corrientes
- IVA 21 % Compra con inversión del sujeto pasivo nacional
- IVA 21 % Sujeto pasivo extracomunitario (cuando aplique)
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Comprobar el efecto contable:
- En operaciones con inversión del sujeto pasivo, el sistema genera un apunte doble (472 y 477) del mismo importe, sin afectar el total pagadero al proveedor.
- El efecto fiscal es neutro, pero el registro es obligatorio para que el Modelo 303 refleje correctamente el IVA devengado y deducible.
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Revisar los informes antes del cierre:
- Libro de IVA → debe mostrar tanto el IVA devengado como soportado en ISP.
- Modelo 303 → los importes deben coincidir con el Libro de IVA.
- Libro Mayor → las cuentas 472 y 477 deben cuadrar entre sí en cada periodo.