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Inicio · Canal de denuncias

Canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023

El canal interno de información que exige la ley, publicado en la web del hotel: el informante denuncia, incluso de forma anónima, y sigue su caso con un código; el responsable lo instruye con sus plazos.

Canal de denunciasLey 2/2023
Denuncia recibidaCódigo de seguimiento
Acuse de recibo7 días
Instrucción3 meses
PrórrogaHasta 3 meses más
ResoluciónComunicada al informante
Denuncia recibidaEl informante ya tiene su código de seguimiento
Ley 2/2023Protección del informante
Anónima o identificadaLo elige el informante
Datos cifradosLos del informante, en la base de datos
El expediente

Cada denuncia, con sus plazos

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  1. 1
    Código de seguimientoAl enviar la denuncia, el informante recibe su código para consultarla.
  2. 2
    Los plazos de la leyAcuse de recibo en siete días y resolución en tres meses, prorrogables.
  3. 3
    Anónima y cifradaLos datos del informante, si los da, solo los ve el responsable del canal.
  4. 4
    Documentos sin identificarseEl informante aporta documentación con su código.
  5. 5
    Aviso antes de que venzaEl responsable recibe el aviso antes de que se pase cada plazo.
Qué incluye

Del aviso a la resolución, con todas las garantías

En la web del hotel

Nueva denuncia, seguimiento y documentación adicional, en páginas de tu propia web y sin que el informante tenga que registrarse.

CMS (web del hotel) →

Anónima o identificada

El informante elige. Sus datos personales (nombre, email, teléfono, NIF y testigos) se guardan cifrados y solo los ve el responsable del canal.

Código de seguimiento

Al enviar la denuncia recibe un código para consultar cómo va y aportar documentos, también de forma anónima.

Plazos y avisos

Acuse de recibo, plazo de instrucción y prórroga configurables, con aviso antes de que venza cada plazo.

Instrucción

Admisión, instructor asignado, comunicaciones con el informante y resolución o archivo, con el historial completo.

Comunicaciones y documentos

Adjuntos de la denuncia, comunicaciones formales en PDF y email automático en cada cambio de estado.

Todo en uno

Conectado con la web, la calidad y RR. HH.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre el canal de denuncias

¿Qué empresas deben tener un canal de denuncias?

La Ley 2/2023 obliga a las empresas con 50 o más trabajadores, entre otras, a tener un sistema interno de información.

¿Se puede denunciar de forma anónima?

Sí. El informante decide si se identifica, y con el código de seguimiento puede consultar su denuncia y aportar documentación sin dar sus datos.

¿Dónde se publica el canal?

En la web del hotel, hecha con el CMS de Astro HMS, junto con el enlace a la autoridad externa competente.

¿Hay que nombrar un responsable del canal?

Sí. La Ley 2/2023 pide que la empresa designe un responsable del sistema interno de información y lo comunique a la Autoridad Independiente de Protección del Informante o a la autoridad de su comunidad. En Astro HMS, solo ese responsable ve los datos del informante.

¿Qué pasa si una empresa obligada no lo tiene?

Tener el sistema interno de información es una obligación de la Ley 2/2023 para estas empresas. Con Astro HMS lo tienes dentro de la plataforma.

AstroMate, el asistente de Astro HMS

¿Necesitas el canal de denuncias en tu hotel?

Te lo enseñamos en una sesión personalizada, sin compromiso. O elige tú el día en el calendario.